
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley General de Salud, por 401 votos en favor, para prohibir la venta y suministro de bebidas energetizantes a menores de 18 años, en establecimientos comerciales y mercantiles. Fue enviada al Senado para continuar con su proceso legislativo.
La modificación prevé multas de hasta 2 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 226 mil 280 pesos, a quien viole la disposición.
El pleno aprobó una reserva presentada por los diputados Ricardo Monreal (Morena) y Éctor Jaime Ramírez (PAN) que obliga a la Secretaría de Salud a establecer las diferentes categorías de bebidas energetizantes en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, a fin de catalogar las que ameriten restricciones de consumo en determinadas poblaciones, alertas sanitarias específicas o restricciones para su publicidad o comercialización.
Asimismo, la Ssa deberá emitir la NOM que establezca las categorías, ingredientes, concentraciones máximas permitidas y especificaciones técnicas de las bebidas, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor.