
El SAT reveló que la segunda fecha límite para todas las personas físicas que realizaron la declaración anual este 2025 y que se encuentran a la espera de la devolución del saldo a favor esta programada hasta 31 de julio.
¿Lo sabías?, la devolución automática es el saldo a favor que tuvieron los contribuyentes tras realizar su declaración anual y que el mismo sistema generó en el momento en que se presentó. En términos sencillos, si al presentar tu declaración anual resulta que pagaste más impuestos de lo que debías, el SAT puede devolverte ese dinero de forma automática a tu cuenta bancaria.
El Sistema de Administración Tributaria destacó que si los contribuyentes no reciben su devolución hasta el último minuto del 31 de julio del 2025, el siguiente paso será iniciar el proceso de la devolución manual, que implica reunir una serie de documentos entre facturas, estados de cuenta y más para demostrar los ingresos del ejercicio fiscal 2024 y solicitar el rembolso que salió en la declaración anual.
Los contribuyentes que se encuentren a la espera de la devolución automática del SAT tendrán que cumplir con estos requisitos para que les llegue su saldo a favor, de lo contrario, el proceso podría demorarse más tiempo.
- Presentar la declaración anual del ejercicio fiscal 2024 dentro del tiempo límite (30 de abril).
- Haber presentado la declaración electrónicamente, usando la e-firma para saldo a favor mayor a 10 mil pesos.
- Haber colocado exitosamente en la declaración “devolución” para el rembolso.
- Tener un saldo a favor menor a 150 mil pesos.
- Tener una cuenta bancaria activa.
- No haber presentado previamente una solicitud de devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
- No integrar el listado de contribuyentes con multas o incumplidos.
- Que el domicilio fiscal sea localizable para el SAT.
- Tus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI o facturas) deben ser válidos y contener la información correcta.