29 enero, 2026

Lo que debes saber sobre los depósitos en efectivo que los bancos reportan al SAT

Las instituciones del sistema financiero en México están obligadas a reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) los depósitos en efectivo que superen cierto monto mensual, de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Esta disposición aplica tanto a personas físicas como morales y busca reforzar el control fiscal sobre operaciones en efectivo.

La obligación está establecida en el Artículo 55 de la Ley del ISR, vigente a nivel federal. En su fracción IV señala de forma expresa que los bancos y entidades financieras deben informar al SAT cuando los depósitos en efectivo rebasen un monto específico.

“Proporcionar mensualmente, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior, la información de los depósitos en efectivo, cuando el monto mensual acumulado exceda de $15,000.00”, se puede leer en la Ley del ISR.

Esto significa que si una persona deposita más de 15 mil pesos en efectivo al mes, sumando todas sus cuentas dentro de una misma institución bancaria, esa operación será reportada automáticamente al SAT.

La ley precisa que se entiende por depósitos en efectivo: “Los depósitos en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta (…) así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja”.

Es decir, aplica para cuentas de ahorro, cheques, inversión y cualquier otro producto bancario, además de la compra en efectivo de cheques de caja.

No todas las operaciones bancarias entran en este supuesto. El propio artículo aclara que no se consideran depósitos en efectivo: “Las transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito u otros sistemas pactados con instituciones financieras”.

Esto incluye SPEI, pagos electrónicos o movimientos entre cuentas, incluso si son dentro del mismo banco.

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