30 junio, 2025

Nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión pasa la aduana del Senado de la República

El Senado de la República aprobó la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

El estado se convierte en proveedor de servicios de internet, y los usuarios deberán presentar sus datos biométricos contenidos en la Clave Única de Registro de Población (CURP) para contratar servicios de navegación en la web y telefonía móvil.

“Las personas sólo se van a identificar ante el operador, no ante el gobierno, y sólo al comprar un chip a fin de garantizar que cada línea esté asociada a una persona”, informó Javier Corral Jurado, senador de Morena.
De la misma manera, se crea la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones como órgano desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital, integrado por cinco comisionados, la cual podrá precautoriamente suspender transmisiones de radiodifusión.

El Partido Acción Nacional (PAN) acusó al oficialismo de faltar a un acuerdo de palabra para acotar esta atribución.

Que para la geolocalización se requiriera una orden judicial y que en términos de suspensión de transmisión prevaleciera la ley de 2017, es decir, sólo cuando se violan derechos de audiencia de las infancias; nos dijeron que parecía sensato el planteamiento, pero ganó la vena autoritaria, pudo más el impulso de decir, ‘aquí nosotros sin orden judicial queremos saber en tiempo real dónde están los ciudadanos’”, señaló Ricardo Anaya, coordinador del PAN en el Senado.

Los concesionarios de telecomunicaciones deberán:

I. Colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos terminales, en los términos que establezcan las leyes.

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció que en materia de cooperación del sector de telecomunicaciones con las autoridades se consolida un régimen de vigilancia de “talante autoritario”.

“Con estas nuevas leyes ustedes están configurando mis amigas y mis amigos de Morena, el Big Brother del Bienestar, porque ahora el gobierno tendrá la CURP biométrica, tu ubicación en tiempo real, tu expediente médico, tu historial de mensajes y hasta tus cuentas bancarias, no quieran engañar al pueblo, ustedes sólo quieren avanzar en su agenda de terrorismo digital”, aseguró Manuel Añorve Baños, coordinador del PRI en el Senado.
La discusión del asunto fue de largo aliento.

El artículo 183 de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión dice lo siguiente:

“… Exclusivamente, la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada…”.

Parte de la oposición, en concreto Movimiento Ciudadano, se pronunció a favor del dictamen luego de que se eliminaron los artículos de censura y bloqueo de plataformas digitales; además de establecer el requisito de que medie una orden judicial para la intervención de comunicaciones privadas.

“El dictamen establece, además, diversos candados que nos parecen muy importantes en materia de acceso a la información de los usuarios de telecomunicaciones por parte de las autoridades, esto no estaba acotado, se daba la posibilidad a interpretación y que la propia autoridad tuviera acceso sin restricción a la información de los ciudadanos”, señaló Alejandra Barrales, senadora de Movimiento Ciudadano.

En su artículo 231, la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión, televisión o audio restringidos en el país, no podrán transmitir propaganda política, ideológica, comercial o de cualquier tipo de gobiernos extranjeros, con excepción de la promoción turística, cultural o deportiva.

El artículo 292 señala, a quien incumpla con el artículo citado, una multa por el equivalente de 2% hasta el 5% de los ingresos del concesionario, autorizado, programador o plataforma digital.

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