
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) ha rechazado oficialmente la solicitud de diversos candidatos a magistrados federales para llevar a cabo un recuento total de votos en el distrito electoral 01 de Chihuahua. Este asunto se centra en la elección judicial extraordinaria de 2025, donde se planteó la posibilidad de que existieran discrepancias entre los votos registrados y los votos emitidos.
Frederick Lozano Max, candidato a magistrado de circuito en materia penal y administrativa por el Distrito Judicial Electoral 1 en Ciudad Juárez, Chihuahua, fue uno de los principales solicitantes. Lozano Max pidió al INE que se realizara un recuento total de votos de todas las juntas distritales que integran el distrito electoral mencionado. La motivación detrás de su solicitud radica en preocupaciones sobre posibles irregularidades que podrían haber ocurrido en el proceso de registro de los votos.
El INE negó la solicitud argumentando que no existe una disposición expresa en la normativa electoral que permita realizar un nuevo cómputo total de los votos emitidos. Además, explicó que las candidaturas del proceso electoral judicial extraordinario 2024-2025 no cuentan con representación ante los Consejos Distritales ni ante los grupos de trabajo que realizan las labores de escrutinio y cómputo.
En palabras del INE, “los procesos electorales para la elección del Poder Judicial son distintos y deben diferenciarse respecto a las reglas previstas para los procesos electorales del Poder Ejecutivo y Legislativo”. Por lo tanto, los lineamientos definidos para el Proceso Electoral del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 no contemplan mecanismos de participación directa para las candidaturas durante el desarrollo de los cómputos.
El INE subrayó que los procesos que rigen las elecciones del Poder Judicial tienen características únicas y no deben ser confundidos con los procedimientos previstos para elecciones generales. Esto implica que las reglas aplicables y los mecanismos de supervisión no son los mismos que los de los procesos electorales tradicionales. El órgano electoral destacó que la normativa actual no considera la posibilidad de recuentos totales por solicitud de los candidatos en procesos judiciales.
