
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reveló los nuevos lineamientos, requisitos y fechas clave en que los usuarios deberán presentar obligatoriamente la declaración anual este 2025, que corresponderá al año fiscal 2024. En AS México descubre todos los detalles, para evitar pagar una cuantiosa multa por no cumplir con el fisco.
Los contribuyentes que sean “personas morales” deben saber que tienen del 1 de enero al 31 de marzo del 2025 para presentar su declaración anual. ¡Recuerda! Los usuarios que entran en este rubro, son las entidades creadas por personas físicas o jurídicas para realizar actividades con un fin común, ya sea con o sin fines de lucro, y que goza de derechos y obligaciones independientes de sus miembros.
En general, una persona moral es una entidad que existe legalmente, pero no como persona física, sino como una institución creada para un propósito específico, como una empresa, sociedad o asociación.
Las personas morales deberán pre-cargar la siguiente información:
- Ingresos – Ingresos de pagos provisionales efectivamente pagados.
- Devoluciones, descuentos y bonificaciones – CFDI de tipo ingreso y egreso.
- Retenciones efectivamente pagadas – ISR sueldos y salarios, ISR asimilados a salarios, ISR servicios profesionales y RESICO, ISR arrendamiento.
- Nómina – Nómina pagada de salarios, Nómina pagada de asimilados, PTU pagada, Retenciones de ISR salarios y asimilados efectuadas, Subsidio al empleo aplicado.
- Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores pagados – Pérdidas fiscales, Pagos al extranjero, Dividendos, Subsidio para el empleo.
El SAT reveló que la fecha límite para presentar la declaración anual del ejercicio fiscal 2024 para todas las personas físicas será hasta el próximo 30 de abril del 2025. Los contribuyentes obligados a generarla son aquellos con los siguientes regémenes:
- Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios.
- Servicios profesionales y actividades empresariales.
- Arrendamiento de bienes inmuebles.
- Enajenación o adquisición de bienes.
- Intereses, dividendos y premios.
- Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
¡Atención contribuyentes! Las personas morales o físicas que sean sorprendidos este 2025 que no presentaron su declaración anual recibirán una cuantiosa multa económica que dependerá de cada caso. Las más bajas rondan entre los mil 800 pesos y 44 mil 790 pesos.
- De 1,400 a 17,370 pesos mexicanos – por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
- De 1,400 a 34,730 pesos mexicanos – por cada obligación a que estés obligado, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
- De 14,230 a 28,490 pesos mexicanos – por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.