8 marzo, 2025

Declaración anual | Deben empresas tener e.firma actualizada en el SAT

Llegó el momento para que las empresas comiencen a prepararse para realizar su Declaración Anual, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a tener todo listo para que pueda hacerse en tiempo y forma. Del 1 de enero y hasta el 31 de marzo las empresas deben presentar la Declaración Anual.

Para realizar su Declaración Anual, las empresas deben precargar la información en los rubros como: Ingresos, Devoluciones, descuentos y bonificaciones, CFDI de tipo ingreso y egreso así como Retenciones efectivamente pagadas. Nómina pagada de salarios, Nómina pagada de asimilados, PTU pagada, Retenciones de ISR salarios y asimilados efectuadas y Subsidio al empleo aplicado.

Como cada año y con sus debidas actualizaciones, este 2025, dentro de los formularios se pueden visualizar en Régimen General, el apartado “Gastos”, donde se incluyó un campo denominado “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, en el que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD).

En la sección referente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagadas, “PTU pagada”, se agregó el campo “PTU no deducible”. Por otra parte, el formato de este año conserva la funcionalidad del apartado “Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”, con la que se agrega información de los ejercicios de 2014 a 2023.

Las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que estén en proceso de liquidación, pueden encontrar en el formulario el campo “Nómina deducible de periodos anteriores”. Este campo incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. Además, dentro del apartado “Gastos” se agregó la sección “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.

¿Necesitan empresas tener e.firma?

Para realizar el envío de la declaración a través del Portal del SAT en sat.gob.mx es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) activa. También, se recomienda estar al corriente con: 

– Declaraciones de pagos provisionales

– Declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores

– Declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, por honorarios, RESICO de personas físicas, los sueldos y salarios, asimilados y dividendos

Las empresas deben tener servicio de banca electrónica ya que, de obtener un saldo a cargo, este debe solventarse por transferencia electrónica, a través del banco de su preferencia. En caso de que la o el contribuyente tenga dudas sobre la Declaración Anual de empresas, puede utilizar los siguientes medios de contacto:

OrientaSAT: MarcaSAT 55 627 22 728 opción 0, subopción 1

Chat uno a uno en chat.sat.gob.mx

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