El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comunicado que tanto las personas físicas como las morales que se encuentren en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) podrán mantener sus beneficios, siempre que actualicen sus actividades económicas en la plataforma antes del 31 de enero de 2025. Este régimen permite la exención de la declaración anual de ingresos, requiriendo únicamente la realización de pagos mensuales.
EI Resico tiene como objetivo facilitar el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) a través de la automatización en el cálculo de impuestos, la implementación de facilidades administrativas y la aplicación de tasas mínimas del ISR. Estas iniciativas evidencian el compromiso de la autoridad fiscal por simplificar los procedimientos y promover el cumplimiento voluntario y puntual de las obligaciones fiscales.
Los contribuyentes que pueden optar por el régimen Resico son personas físicas que cuentan con obligaciones fiscales actualizadas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que no hayan superado ingresos de 3.5 millones de pesos en el año anterior. Tienen hasta el 31 de enero de 2025 para realizar el cambio mediante un Aviso de actualización de actividades económicas. Este régimen resulta beneficioso para aquellos que se dedican a la agricultura, ganadería, pesca, actividades silvícolas, o que son socios de uniones de crédito. Está dirigido a contribuyentes con ingresos anuales inferiores a 3.5 millones de pesos que realicen actividades en el sector primario, así como en el ámbito empresarial, de servicios profesionales o que obtengan ingresos por arrendamiento.